Criterios de desvinculación comercial, plazos de preaviso formal y transición operativa ordenada para contratos corporativos y servicios técnicos puntuales.
Cualquiera de las partes podrá rescindir unilateralmente el contrato de prestación de servicios mensuales continuos sin invocación de causa, notificando fehacientemente a la otra parte con una antelación mínima de treinta (30) días corridos. El preaviso debe cursarse por medio fehaciente (Carta Documento o notificación formal dirigida al correo corporativo autorizado).
Durante el período de preaviso, Kaamdaar Servicios Integrales S.A. continuará brindando el servicio con la dotación completa convenida, y el cliente deberá abonar la facturación correspondiente a dicho período sin deducción alguna.
Para intervenciones técnicas específicas (tales como Final de Obra, Limpieza de Fachadas en Altura o Desinfección Ambiental):
En la fecha de finalización efectiva del servicio:
El cliente podrá declarar resuelto el servicio en forma inmediata si Kaamdaar incurriere en falta grave acreditada (ausencia injustificada reiterada de dotación o falta de acreditación de ART) tras haber sido intimada por escrito a subsanarlo en un plazo perentorio de 48 horas hábiles.